InvolúcrateVoluntariado en actividades y atención de la Fundación. Colaboración económica directa. Ventajas fiscalesLa Fundación Forja está acogida al régimen fiscal especial regulado en el Título II de la Ley 49/2002 de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales del mecenazgo. En dicha Ley se regulan los beneficios fiscales por donaciones o aportaciones tanto de las personas físicas como jurídicas. Si está interesado en contribuir a que estas personas tengan una vida mejor, a través de un donativo, puede ponerse en contacto con la Fundación FORJA a través de estos medios: Teléfono fijo: 928-43-19-42 Colaboración económica con Becas. Subvenciones personales para los pacientesCon la finalidad de acercar los Tratamientos que se imparten a un mayor número de personas, FORJA brinda la oportunidad a todas aquellas personas o entidades que deseen ayudar a estar personas a realizar aportaciones en concepto de “Becas” que ayuden a costear su tratamiento. Si está interesado en contribuir a que estas personas tengan una vida mejor, a través de aportaciones en forma de “Becas” puede ponerse en contacto con la Fundación FORJA a través de estos medios: teléfono fijo: 928-43-19-42 |